Se conoció el Decreto que prorroga hasta el 19 de agosto la inclusión en el Régimen Especial de Regularización de Obligaciones con el estado provincial. Por el mismo los productores que acrediten el estado de emergencia podrán incluir vencimientos hasta junio de este año y abonar la primera cuota en enero del 2017.

A través del Decreto 1939/16 del Ministerio de Economía, Hacienda y Finanzas y en el ámbito de la prórroga del Régimen Especial de Regularización de Obligaciones extendido hasta el 19 de agosto, los productores que acrediten el estado de emergencia podrán incluir los vencimientos de hasta junio de 2016. La primera cuota se pagará en enero de 2017.

Ante la demanda de los contribuyentes para regularizar su situación, el gobierno ha decidido extender los plazos y a la vez generar un apartado especial para aquellos productores afectados por la emergencia hídrica, para poder incorporar la deuda también hasta el mes de junio de 2016.

La moratoria en el régimen general contempla incorporar deudas hasta diciembre de 2015 y tener al día 2016, como requisito. Las condiciones especiales para aquellos productores que fueron afectados consisten en incluir deudas que van más allá de 2015 e incorporar en el acogimiento de los distintos planes hasta el mes de junio del año 2016 y que la primera cuota sea en enero 2017, si bien el acogimiento se concreta con un anticipo al momento de hacer el plan.En ese sentido, se incorpora a aquellos productores que han sido declarados en emergencia agropecuaria. Para ello tienen que tramitar y tener el certificado emitido por el Ministerio de Producción de la provincia, al momento de presentarse en las oficinas de la ATER. Se puede obtener su turno por internet en la página de ATER, o pedirle a su contador que se lo tramite, y presentarse con ese certificado, y va a poder acceder a regularizar la deuda hasta el mes de junio de 2016, contemplando el beneficio de pagar la primera cuota en enero de 2017. Según se informó, si bien la medida incorpora específicamente la situación de los productores agropecuarios que están contemplados en la declaración de emergencia, también alcanza a todos quienes hayan estado inundados, por ejemplo establecimientos turísticos u otros, siempre que cuenten con un certificado expedido por el respectivo municipio que acredite la afectación directa.
Respecto de la moratoria se trata de deudas en general muy anteriores a esa situación.La prórroga general, la moratoria hasta el 19 de agosto inclusive y los turnos para atención pueden obtenerse a través de la página web.